Es el certificado que acredita la existencia de antecedentes penales o, la carencia de los mismos. En el momento en que haces la solicitud.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona física mayor de edad, así como las personas jurídicas a través de sus representantes.
Documentación necesaria:
- MODELO 790: Este documento lo podéis descargar directamente de la página web, o encontrar en los siguientes lugares donde expedirlo:
· Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia
· Registros civiles de toda España
· Oficina Central de Atención al Ciudadano. Madrid, calle Bolsa n7. Se encuentra al lado de la Plaza de Jacinto Benavente (metro: SOL)
El modelo cuenta con 3 páginas, en el caso de que lo recojáis en uno de estos tres lugares tendréis un modelo formado por 3 ejemplares de calco, tipo los de los médicos (uno blanco que se queda la chica de la oficina, otro amarillo que se queda el del banco y otro azul que te quedas tú) en la que solo tendréis que rellenar el ejemplar blanco y se marcará en los otros dos. Si lo descargáis de Internet tendréis que rellenar las 3 páginas
- IDENTIFICACIÓN PERSONAL DEL SOLICITANTE: Puede ser el DNI original o una copia compulsada.
¿Cuánto cuesta?
La tasa tiene un precio de 3.66€
¿Dónde pagar?
- Mediante banca electrónica: En el caso de tener cuenta abierta en alguna de las entidades financieras colaboradoras con la Agencia Tributaria.
- En una entidad financiera colaboradora con la Agencia Tributaria (prácticamente todas) acudiendo con el impreso 790 cumplimentado. El pago se acreditará en los tres ejemplares, quedándose la entidad con el amarillo.
Mi experiencia.
Acudí junto con una amiga a la Oficina Central de Atención al Ciudadano, situada en la C/bolsa, 8; el horario es de Lunes a Viernes: De 9:00 a 17:30 y Sábados de 9:00 a 14:00. Al llegar allí el guardia de seguridad fue el que nos informó del proceso. Teníamos que cumplimentar el modelo 790 y posteriormente ir al banco a pagar 3.66€. No hay posibilidad de pagarlo en la misma oficina como ocurre con el DNI o el pasaporte. Se paga en el banco.Pensábamos que se podía pagar en la oficina. Eran las 15:00 h y dudábamos de que abriera algún banco por la tarde. Pues para nuestra sorpresa a 500m de la oficina, concretamente en la c/Carretas casi al lado de la Plaza de Jacinto Benavente hay una oficina de Santander que afortunadamente para nosotras abría por la tarde (Lunes a Viernes: Mañanas de 9 a 14 y Tardes de 17:00 a 18:30). Sólo teníamos que hacer tiempo tomando un café hasta las 17h, ir al banco y corriendo a la oficina ya que cerraban a las 17:30. Decir que la puerta de ese banco es un poco “pesadita” ya que reconoce los metales y a veces no te deja pasar con el bolso. No os preocupéis que a la izquierda hay unas taquillas para poder dejarlo. En el banco tardamos menos de 5 minutos en pagar, ya que teníamos el dinero justo preparado. En la emisión del certificado tardamos escasamente 10 minutos.
Una vez tengáis vuestro certificado libre de antecedentes penales no os olvidéis de poner la apostilla de Haya (certificará la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del XII Convenio de La Haya) se hace en la misma oficina y sobre nuestro certificado. La señora que nos atendió fue muy amable y nos advirtió que en USA en ocasiones piden para algunos tramites este certificado reciente (para alquilar casa o así….) . Por ello, nos aconsejó dejar cumplimentado un modelo 790, una fotocopia de nuestro dNI y una autorización a algún familiar para que pueda ser éste quien se acerque a retirar nuestro certificado de antecedentes penales.
Y así nos fuimos de la oficina con nuestro certificado que acreditaba que estábamos libres de cargos penales :)
Y así nos fuimos de la oficina con nuestro certificado que acreditaba que estábamos libres de cargos penales :)
En el caso de pedir el certificado de antecedentes penales por otra persona:
- Modelo 790 cumplimentado y firmado por la persona que lo solicita
- Identificación o fotocopia compulsada de la persona que lo solicita
- Documento que acredite y autorice a retirar el certificado de antecedentes penales a esa persona.